La libertad de Uribe es una muestra de independencia judicial y un desafío

 

Hoy la Juez 30 de control de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo, dejó en libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez mientras adelanta el proceso penal en su contra por presuntamente torcer testigos.

El argumento central no es que la detención fuera injusta ni que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema haya hecho algo indebido, sino un tecnicismo jurídico que es consecuencia de la renuncia de Uribe al Senado.

El debate técnico

Como al hacerlo perdió el fuero que tienen los congresistas, el proceso pasó de la Corte a la justicia ordinaria.  Ese cambio no solo modificó el juez sino también el procedimiento que se aplica, porque en la Corte funciona una ley vieja (la ley 600) y en el resto de casos, una más nueva (la 906), y la pregunta era si una detención definida bajo el procedimiento anterior se mantenía en el nuevo.

En otras palabras, la juez no discutió si la detención de la Corte con el argumento de que Uribe podía torcer testigos si estaba libre fue legal; sino si con el cambio de procedimiento se mantiene la detención o debe pedirse de nuevo bajo la ley que rige el proceso en la Fiscalía; esto ahora dependerá de si la Fiscalía la pide o no.

El defensor de Uribe, Jaime Granados, argumentó que se debía caer. Y no solo la detención, sino todas las decisiones que tomó la Corte, esencialmente porque la ley 600 da menos garantías a los procesados que la ley 906.

En concreto, dijeron que hay una diferencia fundamental en el momento en el que arranca formalmente la investigación en cada ley: que en la vieja era la indagatoria (que no existe en la nueva ley) y en la nueva es la imputación (que no existía en la vieja).

Aunque ambas son audiencias en las que se le dice a una personas que queda vinculado formalmente a un proceso en el que se investigan ciertos hechos y potencialmente ciertos delitos, tienen algunas diferencias, como que en la indagatoria no hay un juez de control de garantías sino que la hace quien investiga.

La Procuraduría y el fiscal del caso, Gabriel Jaimes, apoyaron los argumentos de los abogados de Uribe, un hecho muy relevante porque la Procuraduría está en manos del liberal y no uribista Fernando Carrillo y Jaimes es el encargado de investigar a Uribe por decisión del Fiscal General, Francisco Barbosa (amigo cercano del presidente Iván Duque), y es quien decide si lo lleva a juicio.

Jaimes no solo argumentó el cambio de procedimiento, sino que incluso dijo que en la indagatoria de la Sala Penal de la Corte hubo “vulneración al debido proceso” de Uribe.

Por el contrario, para las víctimas (el senador Iván Cepeda, el ex Fiscal General Eduardo Montealegre y el ex vicefiscal Jorge Fernando Perdomo), el proceso se debe mantener donde iba, porque presume la legalidad de lo que decidió en su momento la Corte.

Además, argumentaron que cuando se pasa de un procedimiento al otro la indagatoria sí suple la imputación, y que en este caso concreto la indagatoria de la Corte cumplió con todos los requisitos, como explicar los hechos y delitos.

Tomado De La Silla Vacia

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